Com anular una assegurança de vida vinculada a una Hipoteca
Rescatem interessantíssim article de principis de Gener de Carlos LLuch a Iahorro.com
On un usuari de banca li han obligat a contractar una assegurança per contractar una hipoteca.
En aquest article s’ indica que enviant un burofax a la entitat aseguradora amb aquest text serà suficient.
«Por el presente documento les informo que es mi voluntad acogerme al Derecho irrenunciable previsto en el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Por tal motivo les ordeno la anulación a su efecto inicial de la póliza de seguro de vida nº ………. por tratarse de una contratación no deseada que me impuso su Operador de Bancaseguros en violación del artículo 5.e de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
Procedan al inmediato reembolso de la prima cobrada en la misma cuenta en la que formalizaron el cargo.
Sin otro particular reciban mi cordial saludo.
Firma y fecha»
La jurisprudencia es extensa i suficient per aconserguir ho , si no funciona , comentar-ho amb el vostre corredor d’ assegurances.
Fuente: Iahorro
Carlos Lluch
esbroker.es
@carloslluch
CON 30 DIAS DE PREAVISO SERAN SUFICIENTE PARA ANULAR UNA POLIZA DE SEGURO
El proximo 01 de Enero del 2016 , los asegurados podrán anular las pólizas de seguro ( la gran mayoria ) , avisando a la compañia con 1 mes antes de el vencimiento del contrato.
Hasta ahora los contratos se podian anular a vencimiento avisando con dos meses de antelación , tanto cliente vs compañia como compañia vs cliente.
Lo que provocaba ciertas tensiones ya que las compañias no tenian preparardos los precios de renovación antes de los 30 dias anteriores del vencimiento de la cartera y el asegurado no conocia el precio de renovación , y cuando era conocedor del mismo ya era tarde para anular el contrato de forma correcta.
Apartir de enero es razonable pensar que las compañias podran avisar de los precios de renovación de sus pólizas y el asegurado tendrá tiempo de escojer si quiere continuar con la misma entidad o bien quiere cambiar.
Ello exigira tanto a las compañias como a los mediadores intentar ser competitivos y atractivos al asegurado cada año y no solo en primas si no en otros aspectos olvidados por la mediación.
Por ello celebro la medida que a priori parece que puede favorecer al consumidor.
Pero tambien se puede esperar que las anulaciones por impago , tan habituales ahora ,en este contexto no seran aceptadas por las compañias y reclamadas todas ellas.
Tendremos que esperar a ver como evoluciona.