COMO PROTEGER MI DINERO EN EL RESTAURANTE III

 

Capitulo 3

DINERO EN CAJA FUERTE  Y TRANSPORTADOR DE FONDOS

En la anterior publicación , hicimos referencia a que entienden las compañias cuando  sufrimos un atraco en nuestro local con nosotros y o  clientes o empleados dentro del mismo.Hoy abordaremos DINERO EN CAJA FUERTE Y TRANSPORTADOR DE FONDOS. Y os recordamos los  temas comentados , hasta la fecha.

1-LOCAL CERRADO– Dinero en efectivo en caja registradora , maquinas de tabaco , recipientes de bote “ propinas” , traga perras en el local ,cuando este esta cerrado.

2-  ATRACO EN EL LOCAL O EXPOLIACIÓN -Dinero en efectivo en caja registradora , en el local , el dinero en efectivo de los trabajadores y clientes ,cuando este esta abierto al publico.

3-CAJA FUERTE-Dinero en efectivo en la caja fuerte en el local , con local abierto o cerrado.

4-TRANSPORTADOR DE FONDOS -Dinero en efectivo cuando lo transportamos del restaurante al banco , el domicilio particular , a casa de un cliente o proveedor.

En esta publicación acabaremos tocando estos cuatro puntos:

Hoy profundizaremos índicesobre  Dinero en caja fuerte  y transportador de fondos.

3-DINERO EN CAJA FUERTE

Robo dinero en caja fuerte , en el contenido  de esta garantia  no  hay  dudas , la compañia nos indemnizará hasta el límite de el capital contratado ( siempre a primer riesgo , sin aplicar  infraseguro), tan solo  se  tendrá en cuenta  ( en la mayoria de compañias ) , que la  caja este anclada a paredes o suelo , o bien que  pese  más de 100 Kg. y  tenga marcas de haber sido  forzada.

El périto también en  sus  verificaciones , querran conocer  las facturaciones de la semna  o semanas para  justificar als  cifras de efectivo en caja.La cobertura  tambien sera  para  la  reparación  o  indemnización de la caja.

 

4-TRANSPORTADOR DE  FONDOS

Es la garantia que  ampara el transporte del dinero, hasta el límite pactado en póliza a primer riesgo.Esta ofrecece al asegurado la indemnización del dinero u otros titulos innominados  en caso de que durante el transporte  se produzca la sustracción con intimidación a las personas que las custodian utilizando la fuerza y violencia.

La mayoria de  productos aseguradores , solo ofrecen la cobertura desde  establecimiento asegurado hasta el banco , y solo endirección única del establecimiento hasta el Banco.Pero ya existen productos en el mercado que amparan todas las combinaciones posible :

índic22eDe local a banco , de banco a local , de local a casa o de casa al local , de local a casa de un proveedor  y/o cliente y viceversa.

Para indemnizar  la compañia verificará  la denuncia , el tiempo transcurrido desde el hecho hasta la denuncia , y también se suele solicitar las facturaciones de las  semanas para justificar ese efectivo.

Y con esta garantia   ya hemos finalizado todas las coberturas pertenecientes a la familia de los robos ,hurtos , sustracciones.

Pero recordar que la mejor opción es  consultar tu corredor de seguros.

Marc Conesa

COMO PROTEGER MI DINERO EN EL RESTAURANTE II

 

 

Capitulo 2

En la anterior publicación , hicimos referencia a que entienden las compañias de seguro sobre un robo en nuestro local cerrado  y  que  conceptos aseguradores debemos tener claros para poder tener las coberturas de nuestro contrato de seguro , acordes con nuestras necesidades reales.

1-LOCAL CERRADO– Dinero en efectivo en caja registradora , maquinas de tabaco , recipientes de bote “ propinas” , traga perras en el local ,cuando este esta cerrado.

2-  ATRACO EN EL LOCAL O EXPOLIACIÓN -Dinero en efectivo en caja registradora , en el local , el dinero en efectivo de los trabajadores y clientes ,cuando este esta abierto al publico.

3-CAJA FUERTimagesE-Dinero en efectivo en la caja fuerte en el local , con local abierto o cerrado.

4-TRANSPORTADOR DE FONDOS -Dinero en efectivo cuando lo transportamos del restaurante al banco , el domicilio particular , a casa de un cliente o proveedor.

En esta publicación acabaremos tocando estos cuatro puntos:

Hoy profundizaremos sobre  la EXPOLIACIÓN  de nuestro local.

2-ATRACO EN EL LOCAL O EXPOLIACIÓN

El término asegurador es EXPOLIACIÓN , con él , la compañia se refiere a un acto que conlleva fuerza y violencia sobre las personas , en el riesgo asegurado , para los profanos sería el atraco en nuestro local , en el interior de este , independientemente que este abierto al público  o cerrado , circunstancia que se suele  produce al final del servicio  y el staff esta realizando las labores de limpieza , reponer camaras ,haciendo caja  u otros.

Las compañias no determinan ( no suelen) que cantidad de  fuerza y violencia   es necesaria para que  se produzca la EXPOLIACIÓN , ni tampoco con  que  utensilios se  debe realizar , y que intensidad debe tener esta acción sobre las personas , por ello tomaran como única referencia ,  la denuncia que el asegurado interponga frente a las autoridades y darán cobertura al siniestro siempre que este acreditado en la misma denuncia , que se ha producido una amenaza a la persona , mediante un acto o acción  violenta  haya sido con los elementos que fuera , no es necesario  , armas blancas , de fuego.

La cobertura en estos casos , en la mayoria de compañias , será de el 100 % del valor de  mercancias y  ajuar industrial  y unos límites en dinero , dinero en cualquier situación , y otro limite para dinero en caja fuerte.

Por ello debemos tener en cuenta a la hora de determinar que queremos asegurar , que el capital de efectivo por la garantia de expoliación , deberia ser  la suma de  el cambio que permanece siempre en la caja  , más  la facturación máxima que podamos realizar en cash.

Ya que ese será muy probablemente la perdida que tendremos , en caso de una expoliación.

Todo ello si el atraco se produce cuando estamos solos en nuestro establecimiento , ya que si , este sucediera con clientes y/o empleados  , la mayoria de polizas multirriesgos , dan  una  cobertura también a estos.Lo suelen limitar a un máximo por persona y con una  cifra límite por  siniestro.

La compañia para  valorar  la  cobertura del siniestro  ,examinará  la denuncia , y la verificación que realice el peritó en su visita al riesgo , si existen grabaciones de los hechos sucedidos les ayudará.También valoran el tiempo transcurrido desde  la expoliación hasta  la  interposición de la denuncia.

Esperemos que os haya servido de ayuda este articulo.

De todas formas recordar que la mejor opción es

CONSULTAR CON TU CORREDOR DE SEGUROS

Marc Conesa

COMO PROTEGER MI DINERO EN EL RESTAURANTE

Capitulo 1

Estos dias de fiestas , las facturaciones suelen ser relevantes.

Desde las comidas de empresas , a las familias enteras que comen en nuestros restaurantes las visperas y los festivos.

Acumulamos sin querer más dinero en efectivo del que usualmente tenemos y ello representa una EXPOSICION al riesgo que debemos preveer.

 

 

 

Existen básicamente cuatro situaciones distintas lugares o formas de guardar el dinero en efectivo ,

1-LOCAL CERRADO– Dinero en efectivo en caja registradora , maquinas de tabaco , recipientes de bote “ propinas” , traga perras en el local ,cuando este esta cerrado.

2-  ATRACO EN EL LOCAL O EXPOLIACIÓN -Dinero en efectivo en caja registradora , en el local , el dinero en efectivo de los trabajadores y clientes ,cuando este esta abierto al publico.

3-CAJA FUERTE-Dinero en efectivo en la caja fuerte en el local , con local abierto o cerrado.

4-TRANSPORTADOR DE FONDOS -Dinero en efectivo cuando lo transportamos del restaurante al banco , el domicilio particular , a casa de un cliente o proveedor.

En las cuatro próximas entregas explicaremos una a una las diferencias de situación de este efectivo , como lo interpreta la compañía de seguros y que requisitos precisa para indemnizar un siniestro.

Esta semana :

Os daremos todas las claves para asegurar correctamente esta contingencia  y saber valorar correctamente los capitales a asegurar en esta cobertura.

1- LOCAL CERRADO

Dinero en efectivo en caja registradora , maquinas de tabaco , recipientes de bote “ propinas” , traga perras en el local ,cuando este esta cerrado.

Esta “ situación corresponde a , nuestro local cerrado , y se tiene en consideración todo el dinero en efectivo en la caja registradora , y en otros contenedores como : maquinas de tabaco , tragaperras ( propiedad del asegurado ) , y demás recipientes Tips, la compañía le denomina a esto :

CAPITAL DE ROBO O ROBO DE EFECTIVO ,

Para que la compañía atienda este siniestro , se debera haber forzado puertas , ventanas y/o otros cerramientos o paredes para acceder al local asegurado , y haber sustraído una cantidad de dinero localizada en las ubicaciones antes mencionadas.

La compañía como máximo nos indemnizara el capital asegurado , y este se denomina a primer riesgo , significa que no se tiene en cuenta la totalidad de el efectivo que haya , solo se indemniza hasta el limite que haya cubierto , sin aplicar infraseguro.

Tras un siniestro de este tipo , la aseguradora nos solicitará :

1- la denuncia donde indica todo lo sucedido.

2- las facturaciones de los últimos días , semanas para acreditar que ese dinero de “cambio “ es proporcional y razonable a nuestras facturaciones.

3-revisaran las medidas de seguridad del local , para comprobar que concuerden con las indicadas en la póliza.Si existe alarma conectada a central de alarmas ,muy probablemente solicitaran el rapord del salto de alarma, para comprobar que esta estaba en funcionamiento e intentar ( si es posible) deribar responabilidades a la empresa de recepcion de alarmas.

4-si existiera dinero en maquinas de tabaco o traga-perras deberemos demostrar que estas son de nuestra propiedad ( ya que suelen ser propiedad de otros , y explotación compartida) ,de todas formas el maximo a indemnizar es el capital indicado en la cobertura de robo en metálico.

5- la factura , presupuesto de la reparación de los daños ocasionados al local , puertas , ventanas , lunas ,butrones.

6-el dinero que se encuentre dentro de las maquinas tragaperras , normalmente ya esta asegurado por la empresa propietaria de las mismas , por tanto no las debemos reclamar a nuestro seguro.

7-el dinero en efectivo de las maquinas de tabaco , lo podemos reclamar si es nuestra la máquina , en ese caso , a la hora de calcular los capitales de robo , deberemos realizar la suma de CAMBIO DE CAJA REGISTRADORA + CAMBIO DE MAQUINA DE TABACO+RECIPIENTE DE PROPINAS  = CAPITAL A ASEGURAR.indice

Esperemos que os haya servido de ayuda este articulo.

De todas formas recordar que la mejor opción es

CONSULTAR CON TU CORREDOR DE SEGUROS

Marc Conesa

Associació d’ hosteleria de Blanes

cropped-12144729_1160732163956342_2657396996755480480_n.jpg                                               http://reflexionessobreseguros.com/wp-content/uploads/2015/06/logo-a_h_3.jpg

Seguint amb la col·laboració que es va iniciar el passat juny, amb dos objectius clars, el primer divulgar l’eficiència d’una gerència de riscos professional per evitar els perills de la indústria turística i el segon la creació de solucions asseguradores que ajudin a perfeccionar aquesta gestió del risc.

Corredoria Caralt i Conesa inicia una campanya de presentació,

ALL DAMAGE FOOD AND BEVERAGE    la nova solució asseguradora, específica per als membres de ASSOCIACIÓ PROFESSIONAL D’EMPRESARIS D’HOSTALERIA DE BLANES.

Complex per la seva estacionalitat i intensitat, posarà a la seva disposició un producte amb les següents necessitats no resoltes, ens centrem en aspectes no coberts en la gran majoria de companyies asseguradores, sent aspectes molt sensibles per a la viabilitat del negoci, fins ara no resoltes.

COBERTURES EXCLUSIVES PER ALS SOCIS:

-Pèrdua D’beneficis, en cas de falta de subministraments o avaria de maquinària.

-Cobertura de vandalisme i robatori en terrasses, (excepte grafitis).

-Formació als treballadors de com actuar en cas de sinistre,  on es comentenles  contingències mes habituals , com robatoris, furs, impactes de terrasses i tendals, danys elèctrics en maquinària, béns refrigerats, contaminacions alimentàries, caigudes en l’establiment i reclamacions per taques , d’entre d’altres.

-Garanties de  robatori , la garantia de  transportador de fons sense limitacuó de  rutes  ni horaris, queden incloses les maquines escurabutxaques ,tabac i altres i  el efectiu  en  el  seu interior.

-Defensa jurídica tant per  consultes  telefóniques ,com  conflictes relacionats amb  el local, conflictes relacionats amb contractes de serveis i subministraments i conflictes relacionats amb les Administracions Publiques.

I d’ altres creades  específicament per el sector  de  la  Hosteleria.

SEGUROS OBLIGATORIOS PARA EMPRESARIOS DE HOSTELERIA

 

1-SEGURO ACCIDENTES DE CONVENIO

Seguros obligatoíndicerios para los empresarios de hosteleria, este seguro ampara en cobertura in itinere(el trayecto desde casa del trabajador hasta el lugar de trabajo , la jornada laboral y el trayecto de lugar de trabajo hasta su casa) , el fallecimiento o invalidez de  los trabajadores por cuenta ajena de la empresa.Se debe regularizar  un a vez al  año  para  actualizar el número de asegurados en la póliza de seguros.El coste de estos seguros es mínimo ( 30 € /año por  una  plantilla  de 5 ó 6  trabajadores) por ello en algunas ocasiones pasa por alto , al empresario , al corredor de seguros o  al laboralista que gestiona los contratos.

Y ello no exime al empresario de indemnizar al trabajador  o a su familia de el capital marcado por convenio.

Actualmente esta fijado en 16.500 € fallecimiento por accidente o invalidez permanente total por accidente de trabajo.

Por ello verifica que esta contratado este seguro y regularizado.

Y en caso de duda consulta con tu corredor de seguros

Marc Conesa